PRESENTACIÓN MODELO 720

Estimado/a cliente:

Le recordamos que durante el mes de marzo debe presentarse el Modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Están obligados a presentar esta declaración quienes sean titulares, autorizados, representantes, beneficiarios o tengan poderes de disposición sobre bienes situados en el extranjero cuando el valor conjunto de cada uno de los siguientes bloques supere los 50.000 euros:

  1. Cuentas bancarias en entidades financieras situadas en el extranjero.
  2. Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero (acciones, participaciones, fondos de inversión, seguros de vida, etc.).
  3. Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Una vez presentada por primera vez (alta), solo será obligatoria su presentación nuevamente cuando el valor de alguno de los bloques haya experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración presentada o cuando se produzca la cancelación o transmisión de los bienes previamente declarados.

Con el fin de cumplir correctamente con esta obligación en plazo, le rogamos nos remita a la mayor brevedad la información y documentación actualizada o contacte con nuestro despacho para analizar su situación concreta.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.